8-Incumplimiento de contrato.

martes, 23 de octubre de 2007

Se considera que una agencia no cumple el contrato cuando el agente:

-no realiza el viaje en la fecha programada, por causas ajenas a los turistas*.

- informa que no puede cumplir sus obligaciones.

-no cumple con los pagos a los prestadores (por ej. no paga el alojamiento).

Ante las irregularidades se debe denunciar ante la Secretaría de Turismo.

Es muy importante contar con los comprobantes de la Cuota Cero y demás, para hacer valer el derecho al viaje asegurado.

*excepto que existan razones de fuerza mayor.

1 comment

nadie dijo...

Se ve! Y parece que pueden dejarse comentarios. Saludos.

24 de octubre de 2007, 1:40